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Tres carpetas de documentación ordenadas por tamaño representando los distintos procedimientos de contratación pública
08 JUN 2026

Contrato menor, procedimiento abierto simplificado y procedimiento abierto ordinario: cuál elegir y cuándo

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Equipo Audasis
audasis.es

No existe 'una licitación'. Existen procedimientos distintos, con reglas distintas, plazos distintos y niveles de exigencia distintos. Elegir el procedimiento equivocado como punto de entrada es uno de los errores más habituales entre pymes sin experiencia.

Cuando una empresa empieza a explorar la contratación pública, uno de los primeros obstáculos es entender que no existe “una licitación”. Existen procedimientos distintos, con reglas distintas, plazos distintos y niveles de exigencia distintos. Elegir el procedimiento equivocado como punto de entrada es uno de los errores más habituales entre pymes sin experiencia.

Este artículo explica las tres vías de acceso más relevantes para una empresa que empieza, qué las diferencia y cuál tiene sentido según el momento de tu empresa.

Por qué existen procedimientos distintos

La lógica detrás de los distintos procedimientos es sencilla: a mayor importe del contrato, mayor exigencia de transparencia y competencia. La administración no puede adjudicar directamente un contrato de dos millones de euros igual que uno de diez mil. El sistema establece distintos niveles de formalidad en función de la cuantía y la complejidad.

Para una pyme, entender esa escala es clave para saber dónde está su punto de entrada realista.

Contrato menor: adjudicación directa, sin licitación

Qué es: El contrato menor está definido en el artículo 118 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público como aquel cuyo valor estimado es inferior a 40.000 euros en obras, o a 15.000 euros en servicios y suministros.

Cómo funciona: La administración identifica una necesidad, selecciona un proveedor directamente y formaliza el encargo. No hay convocatoria pública, no hay plazo de presentación de ofertas, no hay mesa de contratación. La empresa no se presenta a nada: la administración viene a ella, o ella se pone en su radar con antelación.

Qué documentación necesita la empresa: Prácticamente ninguna en el momento de la adjudicación. Estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social, tener habilitación profesional si la actividad la requiere y poder emitir factura correctamente.

Cuándo tiene sentido: Siempre que sea la primera vez que una empresa trabaja con la administración. No hay requisito de experiencia previa, el proceso es rápido y cada contrato ejecutado genera historial para licitaciones posteriores.

Limitación principal: El contrato menor no se anuncia antes de adjudicarse. Cuando aparece publicado, ya tiene adjudicatario. La estrategia comercial no es esperar la convocatoria, sino identificar qué organismos tienen necesidades recurrentes en tu sector y ponerte en su radar antes de que contraten.

Procedimiento abierto simplificado: publicidad con menos burocracia

Qué es: Una modalidad del procedimiento abierto ordinario con plazos reducidos y tramitación simplificada, pensada para contratos de importe moderado. Los umbrales vigentes desde el 1 de enero de 2026 son: hasta 2.000.000 euros para contratos de obras y hasta 140.000 euros para contratos de suministros y servicios.

Dentro de este procedimiento existe una variante aún más ágil, el procedimiento abierto supersimplificado o abreviado, aplicable a contratos de obras con valor estimado inferior a 80.000 euros y a contratos de suministros y servicios con valor estimado inferior a 60.000 euros.

Cómo funciona: La administración publica el anuncio de licitación en su perfil del contratante. Las empresas interesadas presentan su oferta dentro del plazo establecido. El plazo para presentar proposiciones en contratos de servicios o suministros no puede ser inferior a 15 días desde la publicación del anuncio. En contratos de obras, el mínimo es de 20 días. Una mesa de contratación evalúa las ofertas y adjudica al mejor postor según los criterios del pliego.

Qué documentación necesita la empresa: Los licitadores deben estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (ROLECE) en la fecha final de presentación de ofertas, o acreditar haber presentado la solicitud de inscripción antes de esa fecha. El ROLECE es gratuito y centraliza los datos de empresa para no tener que presentar los mismos documentos en cada licitación.

Cuándo tiene sentido: Cuando la empresa ya tiene algo de historial en contratación pública, conoce los fundamentos de la presentación de ofertas y quiere acceder a contratos de mayor importe sin la complejidad del procedimiento ordinario.

Limitación principal: Los criterios de adjudicación deben ser, con carácter general, evaluables mediante fórmulas automáticas, lo que reduce el margen para diferenciarse por calidad técnica. En estos procedimientos el precio tiene un peso mayor que en el ordinario.

Procedimiento abierto ordinario: el estándar para contratos de mayor importe

Qué es: El procedimiento general de licitación pública. No tiene límite de importe por arriba y se aplica a todos los contratos que no encajan en las modalidades simplificadas.

Cómo funciona: La administración publica la licitación en la Plataforma de Contratación del Sector Público y, si supera los umbrales europeos, también en el Diario Oficial de la Unión Europea. Las empresas presentan su oferta dividida en sobres: uno con la documentación de empresa y acreditación de solvencia, otro con la propuesta técnica y otro con la oferta económica. El proceso completo, desde la publicación hasta la adjudicación, puede durar entre dos y seis meses.

Qué documentación necesita la empresa: Además del DEUC y los certificados de estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social, el pliego establece requisitos de solvencia que la empresa debe acreditar: volumen de facturación mínimo en los últimos años, referencias de contratos similares ejecutados, habilitaciones profesionales específicas según el sector.

Cuándo tiene sentido: Cuando la empresa ya tiene experiencia en contratación pública, puede acreditar la solvencia exigida en el pliego y tiene capacidad para preparar una propuesta técnica diferenciada.

Limitación principal: La exigencia de solvencia técnica y económica actúa como barrera de entrada para empresas que empiezan. Sin contratos públicos previos que presentar como referencia, acreditar capacidad técnica requiere buscar alternativas como la agrupación con otras empresas (UTE) o apoyarse en la solvencia de una empresa colaboradora.

Comparativa de los tres procedimientos

Contrato menorProc. abierto simplificadoProc. abierto ordinario
Importe máximo (servicios)15.000€140.000€Sin límite
Publicación previaNo
Plazo mínimo ofertaNo aplica15 días30 días
Solvencia exigidaNoReducida (ROLECE)Sí, según pliego
Criterios de valoraciónNo aplicaPrincipalmente precioPrecio + técnica
Garantía definitivaNoSí (no en supersimplificado)
Historial previo necesarioNoRecomendable
Ideal paraPrimera experienciaSegunda faseEmpresa consolidada

Cómo usar esta información como estrategia

El error más común no es presentarse a un procedimiento equivocado una vez. Es no tener una estrategia de escalada.

Una empresa que empieza tiene que construir historial antes de poder competir en procedimientos ordinarios. La secuencia lógica es: identificar organismos que contratan en tu sector mediante contratos menores → ejecutar bien → acumular referencias → escalar al procedimiento simplificado → acumular más referencias → acceder al ordinario con solvencia acreditada.

Cada paso depende del anterior. Y el primer paso depende de saber qué organismos tienen necesidades recurrentes en tu sector antes de que adjudiquen con otro.

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